17 de mayo 2011 - 23:45
Caso Belsunce: rechazan la detención de Irene Hurting
-
Cuándo cobro ANSES: jubilados, AUH, desempleo y el resto de las prestaciones del miércoles 29 de abril
-
Tras un breve alivio, vuelve el frío: cuándo bajan otra vez las temperaturas en el AMBA
Irene Hurtig
"Los doctores Márquez y Loiterstein, recurren a un indicador único -presencia de la imputada, en el momento de la llamada a Osde, y supuestas expresiones de la misma tales como `tenela, `tocala`, `cerrá la puer...`, `sí, está muert...`-, al cual por otra parte, también arriban a través de indicios, extremo que de por sí resulta incorrespondiente con el sistema indiciario o presuncional elegido", dice la resolución.
"A nueve años del aún hoy enigmático suceso, ni el fiscal (Diego) Molina Pico, ni quienes lo sucedieron en la pesquisa, encontraron pruebas o fundamentos serios para, y tal como sucediera con una importante parte del entorno más íntimo de víctima y supuesto victimario, sospecharla siquiera como autora del delito de encubrimiento agravado", agrega Costa.
El juez sostiene que "no hace falta demasiado esfuerzo para advertir que ninguno de los elementos descriptos, y reitero, de los que se valen los señores fiscales para probar su postura, permiten afirmar o tan siquiera suponer, la presencia de Irene Hurtig en el lugar y en el momento que se ejecutara el homicidio de María Marta García Belsunce".
Costa también mencionó la ausencia de peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación para rechazar la detención. En su fallo, el magistrado remarcó que los fiscales hicieron el pedido en la sospecha de que ella y dos hombres efectuaron los disparos con un arma calibre .32, pero Costa sostuvo que "la construcción de tamaña afirmación, lejos está de hallarse acreditada".
Al respecto, dijo que los fiscales no mencionaron ni probaron tres elementos clave: si hubo un plan previo, la determinación de roles y la actividad concreta que desplegó sobre el hecho la imputada.
El juez marcó una contradicción grave de Marquez y Loiterstein porque "por un lado, refieren abonar la hipótesis de la coautoría funcional, que esencialmente reclama un reparto de tareas entre los ejecutores, empero, describen un hecho donde sus coautores parecen haber actuado en forma concomitante".
Por último, el magistrado razonó que "el sentido común" pareciera atentar contra la hipótesis de que Irene mató a su hermana junto a su marido y su cuñado de seis disparos y luego, "como parte de una teatralización perfectamente urdida y estudiada" salió en busca de médicos que bien podrían haber advertido que María Marta había sido víctima de un homicidio y no de un accidente doméstico.



Dejá tu comentario