La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que desde el 2 de marzo los contribuyentes contarán con un esquema más ágil para modificar su domicilio fiscal. El organismo avanzó con la digitalización total del trámite y dejó sin efecto el mecanismo de validación por correo postal que regía hasta ahora.
Cómo modificar el domicilio fiscal en ARCA y desde cuándo rige la nueva modalidad de trámite
El organismo eliminó un paso clave y endureció el control sobre los plazos en un cambio que impacta de lleno en la situación tributaria de personas y empresas.
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El domicilio fiscal deberá actualizarse dentro de los 10 días hábiles del cambio, la omisión del trámite puede derivar en sanciones.
El cambio quedó establecido en la resolución 5809 y se alinea con los principios de la Ley de Inocencia Fiscal. A partir de su implementación, la actualización del domicilio se gestionará de forma directa desde la web oficial, con intervención posterior del fisco dentro de plazos previamente definidos.
ARCA: cómo habrá modificar el domicilio fiscal desde marzo
El nuevo procedimiento para cambiar el domicilio fiscal se concentrará en el “Sistema Registral” de ARCA.
Una vez iniciado el trámite, el sistema mostrará los domicilios que ya cuentan con verificación oficial. Si el contribuyente selecciona alguno de ellos, la actualización quedará confirmada en el acto, a la espera de la validación administrativa que el organismo debe resolver en un plazo máximo de siete días hábiles.
Los pasos a seguir:
- Ingresar al la web de ARCA con clave fiscal
- Seleccionar el servicio web “Sistema Registral”
- Acceder al menú “Registro Único Tributario”
- Hacer clic en “Domicilios” y en la opción “Modificar”
- Presentar el formulario de “Declaración de Domicilios”
- El organismo tiene hasta siete días hábiles para aceptar o rechazar el domicilio fiscal
- El caso de una resolución positiva, el caso adquirirá el estado “Confirmado”
Qué pasa si el domicilio no fue verificado
Cuando el domicilio informado no figure entre los registros validados, ARCA exigirá documentación respaldatoria. En ese escenario, el contribuyente deberá adjuntar comprobantes que acrediten la dirección declarada, como facturas de servicios públicos.
La información quedará registrada bajo el estado “Declarado por Internet” hasta que el organismo resuelva su aceptación o rechazo. Además, ARCA podrá restringir este tipo de modificaciones según el perfil de riesgo fiscal del contribuyente y la situación administrativa de la CUIT, lo que introduce un mayor nivel de control sobre los cambios declarados.
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