29 de abril 2004 - 00:00
Crearon por ley registro de usuarios de celulares
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No es el único punto que genera discusiones en el Congreso. Es probable que desaparezcan los agentes oficiales que, en la actualidad, comercializan líneas, aparatos y accesorios, pues la norma requiere que sean las licenciatarias directamente las que los vendan.
La CNC -o la reglamentación- del PEN (dispone de 60 días para hacerlo)- será la que, en definitiva, resuelva la controversia. A última hora de ayer, la novedad de que se habían rechazado las sugerencias de Diputados provocó malestar.
El kirchnerista de Río Negro, Osvaldo Nemirovsci, no podía ocultar su descontento, en nombre de la Comisión de Comunicaciones. El ucedeísta de Córdoba Mauricio Bossa declaró que «esto daña severamente el mercado celular del país, además de violar la intimidad de los usuarios».
En cambio, la Cámara alta aceptó una enmienda que incorporaron en revisión.
Aceptaron allí que había olvidado un detalle importante: imponer sanciones para quienes clonaran o robaran celulares. Los diputados cubrieron este bache, tal cual quedó reflejado en el texto definitivo: prisión de 6 meses a 3 años para quien, a sabiendas de la procedencia ilegítima, adquiera o utilice terminales; prisión de 1 mes a 6 años para el que altere, reemplace o duplique un número de línea; el mismo castigo se aplicará a quienes hicieran lo mismo del punto anterior, pero con tarjetas de telefonía.
• Denuncia
La pena será de 1 a 6 años cuando quienes incurrieran en las conductas anteriores lo hicieran con ánimo de lucro o para perpetrar otro delito. Si los criminales fueran dependientes de empresas licenciatarias, las penas mínimas y máximas serán aumentadas un tercio.
Los clientes están obligados por ley a denunciar en forma inmediata a las empresas cuando pierdan o les roben los celulares. Queda prohibida la activación de equipos que fueron reportados como extraviados o denunciados, sin autorización de los propietarios. Cuando el equipo sea importado por el cliente, las empresas deberán requerir las constancias aduaneras y las facturas emitidas en forma legal.
M.M. (h)




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