El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) estableció un trámite único de acreditación para veterinarios privados, técnicos, inspectores sanitarios, vacunadores y otros operadores privados que intervienen en los distintos planes sanitarios y de bienestar animal. La decisión fue oficializada mediante la Resolución 43/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
SENASA unificó el sistema de acreditación para veterinarios y técnicos privados
La medida crea un trámite único digital para veterinarios, inspectores, vacunadores y otros operadores privados, fija una validez de cuatro años para las acreditaciones y endurece el régimen de sanciones y controles sanitarios.
-
Limitan la circulación de camiones en rutas clave por el cambio de quincena
-
Amenaza de paro de controladores aéreos podría poner en jaque la temporada alta de verano
El organismo creo un trámite único digital.
La norma dispone que la acreditación se realizará exclusivamente a través del Sistema Único de Registro (SUR) y reemplaza todos los trámites vigentes hasta el momento, en línea con el objetivo de simplificar procesos, unificar criterios y fortalecer el control sanitario en todo el país.
Según los considerandos de la resolución, la medida apunta a reforzar los sistemas de prevención, vigilancia, control y erradicación de enfermedades animales, en cumplimiento de las leyes 3.959 de Policía Sanitaria Animal y 27.233, que declaran de interés nacional la sanidad animal y asignan al SENASA el rol de autoridad de aplicación.
Qué cambia con el nuevo sistema de acreditación
La resolución fija que las acreditaciones otorgadas por el SENASA tendrán una validez de cuatro años, contados desde su otorgamiento. Una vez vencido ese plazo, y si no se tramita la reválida correspondiente, la acreditación caducará de manera automática.
Quienes ya cuenten con acreditaciones vigentes al momento de la entrada en vigor de la norma conservarán su validez hasta la fecha de vencimiento original, mientras que el organismo podrá disponer extensiones excepcionales en casos de emergencia sanitaria.
Además, se establecen procedimientos claros para las reválidas, renovaciones y reacreditaciones, que deberán realizarse a través de cursos obligatorios, en modalidad virtual, mixta o presencial, según determine la autoridad sanitaria.
Requisitos y obligaciones para veterinarios y técnicos
Entre los requisitos para acceder a la acreditación, el SENASA exige contar con CUIL o CUIT, clave fiscal, título habilitante en el caso de veterinarios, y capacitación reconocida para técnicos y otros operadores privados. También se prohíbe expresamente que los acreditados formen parte de la planta de empleados del organismo.
La resolución detalla un amplio listado de funciones y obligaciones, que incluyen la notificación obligatoria de enfermedades, la participación en tareas de vigilancia epidemiológica, el uso de sistemas de trazabilidad animal, la aplicación de buenas prácticas pecuarias y de bienestar animal, y la utilización de los sistemas informáticos del SENASA.
Asimismo, los acreditados deberán mantener la confidencialidad de la información sanitaria, informar irregularidades detectadas en el ejercicio de sus funciones y participar en instancias de capacitación y actualización técnica convocadas por el organismo.
Sanciones y conductas impropias
La normativa define qué se considera conducta impropia, entre ellas la emisión de certificados falsos, la omisión de notificaciones obligatorias, la divulgación de información confidencial o el uso indebido de la condición de acreditado.
Ante incumplimientos, el SENASA podrá aplicar sanciones que van desde la suspensión preventiva hasta la baja definitiva de la acreditación, en el marco de lo previsto por la Ley 27.233 y su decreto reglamentario. En los casos más graves, la baja definitiva implicará la inhabilitación por cinco años para solicitar una nueva acreditación.
La resolución se inscribe en el proceso de digitalización y modernización administrativa del organismo, que impulsa el uso obligatorio de herramientas informáticas, la constitución de domicilios electrónicos y la autogestión de trámites por parte de los operadores privados.
Además, el SENASA mantendrá publicado en su sitio web el listado actualizado de acreditados, junto con el calendario de cursos, requisitos y novedades normativas, con el objetivo de fortalecer la transparencia y el control del sistema sanitario nacional.
La medida entra en vigencia a partir del día hábil siguiente a su publicación en el Boletín Oficial y deroga la resolución que regulaba el sistema de acreditación desde 2018, consolidando un nuevo esquema único y centralizado para todos los profesionales y técnicos que intervienen en la sanidad animal del país.
- Temas
- Senasa
- Veterinaria
- Boletín Oficial





Dejá tu comentario