La Corte Suprema anuló un fallo que había multiplicado por siete la indemnización por un accidente laboral

La Cámara había elevado el resarcimiento de $240.000 a $1,6 millones sin que el trabajador lo pidiera.

La Corte Suprema revocó el fallo y ordenó que se dicte una nueva sentencia.

La Corte Suprema revocó el fallo y ordenó que se dicte una nueva sentencia.

La Corte Suprema de Justicia revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había elevado de oficio de $240.585 a más de $1,6 millones la indemnización que una ART debía pagarle a un trabajador accidentado.

La decisión fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti en la causa iniciada por Sergio Leandro Emanuel Pagani contra Provincia ART. Los jueces consideraron que la Cámara excedió los límites de su intervención y dejó a la aseguradora en una situación más desfavorable que la fijada en primera instancia.

El caso comenzó en agosto de 2017, cuando Pagani, técnico electricista, cayó de una escalera mientras instalaba un circuito de cámaras en una concesionaria de autos. Tras golpearse una rodilla, fue diagnosticado con una rotura de meniscos.

En 2019, una comisión médica determinó que el accidente le había provocado una incapacidad laboral permanente del 5%. El trabajador cuestionó esa evaluación y la Justicia le reconoció una incapacidad del 16%, por lo que condenó a la ART a pagarle $240.585,32 más intereses.

Por qué la Cámara multiplicó la indemnización

Provincia ART apeló el método utilizado para calcular el resarcimiento. Sin embargo, la Sala II de la Cámara del Trabajo no solo rechazó su planteo, sino que consideró insuficiente la suma fijada en primera instancia.

Los camaristas aplicaron como referencia una resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y elevaron la reparación a $1.619.177,84 más intereses, aunque el empleado no había apelado ni solicitado esa actualización.

La aseguradora recurrió entonces a la Corte y sostuvo que la decisión vulneraba su derecho de defensa, ya que había sido la única parte que cuestionó la sentencia original y terminó perjudicada por su propia apelación.

La decisión de la Corte Suprema

La Corte aceptó el planteo y concluyó que se había producido una “reformatio in pejus”, principio que impide empeorar la situación de la única parte que interpone una apelación.

“La alzada ha colocado a la única apelante en una peor situación que la resultante del pronunciamiento de primera instancia, violando el límite de su competencia, circunscripto a las cuestiones controvertidas”, señalaron los jueces.

El máximo tribunal sostuvo que la sentencia de la Cámara no constituía una derivación razonada del derecho vigente y vulneraba de manera directa el derecho de propiedad y la garantía de defensa en juicio.

Por ese motivo, hizo lugar a la queja presentada por la ART, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó el fallo de segunda instancia. Ahora, el expediente deberá regresar al tribunal de origen para que se dicte una nueva resolución de acuerdo con los criterios establecidos por la Corte.

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