23 de septiembre 2023 - 00:00

Procrear: cómo participar del sorteo para acceder a la casa propia

Quienes vivan en el Partido de Avellaneda podrán acceder anotarse y participar en el sorteo del Procrear

El gobierno informó la apertura de la inscripción al Procrear II

El gobierno informó la apertura de la inscripción al Procrear II

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat anunció la habilitación para poder inscribirse en el Procrear, el programa de viviendas del gobierno para acceder a tu primera casa. En esta oportunidad, los complejos habitacionales estarán ubicados en el Partido de Avellaneda y serán diseñados para tener una y dos habitaciones.

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Inscripción al Procrear 2023

Quienes estén interesados en acceder a los créditos hipotecarios del programa, deberán completar un formulario con sus datos personales y acreditar la documentación solicitada.

Requisitos para inscribirme al Procrear

  • No haber sido beneficiado con planes de vivienda en los últimos 10 años.
  • No tener bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción.
  • Presentar el DNI de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años inclusive al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto en caso de ser soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad si es que corresponde.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente 1 y 10 salarios mínimos. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada.
  • Demostrar un mínimo de 12 meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el Banco Central o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un cotitular. El caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • Los titulares deberán encontrarse unidos por matrimonio, unión convivencial, unión de hecho.

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