14 de abril 2011 - 10:31
Suspenden los vuelos internacionales en San Fernando
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Los vuelos internacionales fueron suspendidos en San Fernando.
A partir de esta medida, los vuelos internacionales pasarán a operar desde las terminales de Ezeiza y el Aeroparque Metropolitano, donde se podrán realizar los controles aduaneros. Para reforzar el servicio, la AFIP informó que se redistribuirá el personal aduanero calificado en la dos estaciones aéreas
La Aduana, como miembro del Comité de Seguridad Aeroportuaria, manifestó en reiteradas oportunidades la falta de inversión tecnológica y en infraestructura para garantizar los controles aduaneros necesarios y el tránsito aéreo seguro.
La terminal aérea de San Fernando no cuenta con instalaciones adecuadas para el funcionamiento del servicio de la Aduana, carece de un depósito para guardar la mercadería secuestrada y no dispone de puestos fijos para que el personal aduanero controle el tráfico vehicular de ingreso y egreso al predio, indicó el organismo.
"Los aeropuertos administrados por el sector privado deberán incorporar tecnología para asegurar el control que deben tener las terminales", consideró Echegaray.
Agregó que Ezeiza y Aeroparque también "quedarán bajo la lupa, ya que es necesario e imprescindible que en lo inmediato se adecuen los espacios físicos para que el servicio aduanero pueda realizar su tarea de control operativo".
Otra irregularidad descubierta por la AFIP muestra que en 7 hangares trabajaban 29 empleados, de los cuales el 17,4 por ciento (5) no estaban declarados y el 10,34 por ciento (3) no tenían el alta temprana del organismo.
Asimismo, el fisco comprobó que el concesionario no cumple con las obligaciones tributarias y habilitaciones que exigen todos los municipios, en este caso particular, el de San Fernando, señaló la AFIP en un comunicado.
El Aeropuerto de San Fernando opera con vuelos internacionales desde 1995, cuando funcionaba como un aeródromo que empezaba a dar pista a pequeños aviones.
La Zona Primaria Aduanera es la porción del territorio habilitado donde rigen normas especiales para la circulación de personas, y el movimiento y la disposición de la mercadería.
Para habilitar estas zonas se deben tener los planos catastrales rubricados por la autoridad competente, donde conste la delimitación de la Zona Primaria. Sobre la base de éstos, los funcionarios de la región aduanera y el responsable de la dependencia en cuya jurisdicción se haga la delimitación, efectuarán la demarcación mediante algún medio gráfico.




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