La Capital debe recuperar la ley y no empresas
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Esa cooperativa, que había «recuperado» la pizzería La Alameda el 8 de agosto de 2002, con el propósito de detener el desalojo ya ordenado aportó un contrato de alquiler presuntamente apócrifo de fecha 6 de junio de 2002; además, nunca se localizó al locador que figura en el mismo, que, además, ni siquiera es el propietario del inmueble.
Asimismo, vecinos del barrio donde se encuentra el inmueble usurpado, se presentaron en la Legislatura, efectuando denuncias de amenazas y malos tratos por parte de integrantes de la Asamblea 20 de Diciembre.
Con estas expropiaciones, la Ciudad está desnaturalizando la Ley 24.522 de concursos y quiebras, que es competencia del Congreso nacional (art. 75, inciso 12, C.N.), atentándose contra el derecho legítimo de los acreedores, los cuales, a su vez, sufren consecuencias económicas al no poder realizar sus créditos, afectando, de tal modo, a los propios trabajadores de sus empresas.
No es esa, por cierto, la finalidad de la Ley local 238, que permite declarar de utilidad pública un bien y proceder a su expropiación. Este instituto, consagrado en la Constitución nacional, no fue concebido con tales propósitos, ni la ley citada, que lo reglamenta en el ámbito local, tuvo como objeto situaciones como las descriptas.
Mientras otros países que pasaron por experiencias donde fue abolida la propiedad privada, hoy restituyen constitucionalmente ese derecho, como el caso reciente de la República China, nosotros nos empeñamos en ir socavándolo paulatinamente.
La propiedad privada, aun entendida como relativa y sujeta a una función social, como la reconoce el constitucionalismo más avanzado, es un pilar insoslayable de las organizaciones sociales que fomentan el crecimiento con equidad. El desarrollo económico se asienta necesariamente en las inversiones y éstas no tienen confianza en aquellas comunidades en las cuales la propiedad es atropellada arbitrariamente, porque se ha dañado la confianza pública.
La situación de los trabajadores de empresas quebradas o en crisis debe resolverse por otros medios, sin afectar derechos de sólida raigambre constitucional ni emplear procedimientos reñidos con el estado de derecho.
Toda acción que tenga por finalidad el fomento del empleo debe ser bienvenida, ya que en el trabajo se realiza cabalmente la dignidad del hombre, como lo enseñara la encíclica papal «Laborem excercens», pero no hay por qué poner en conflicto el derecho al trabajo con el derecho a la propiedad privada.
En Buenos Aires, más que empresas, lo que hay que recuperar es la cordura.




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