10 de diciembre 2004 - 00:00

Las incógnitas de la medida

El Poder Ejecutivo ha resuelto otorgar un aumento de cien pesos ($ 100) no remunerativos para el sector privado a partir del 1 de enero de 2005, y la transformación de la suma de cincuenta pesos no remunerativos (Decreto 1.347/ 2003) en remunerativos para el mes de abril de 2005. En cuanto al sector público, los cien pesos ($ 100) sólo alcanzarán a los agentes cuya remuneración sea inferior a mil doscientos cincuenta pesos ($ 1.250).

No se conoce aún el texto de la norma, y se abren distintas incógnitas. Por lo pronto, no se sabe si quienes dieron aumentos salariales a cuenta de futuros incrementos o ajustes generados por el Poder Ejecutivo podrán absorber o compensar estos incrementos.

Conforme a los principios generales, la empresa que abone salarios superiores a los mínimos convencionales más las sumas obligatorias impuestas por el Poder Ejecutivo podrá compensar este ajuste y absorberlo.
A tal fin se discute si es necesaria o no una cláusula de absorción, y hay quienes sostienen que no es necesaria dicha cláusula, ya que las sumas fijas impuestas por el Poder Ejecutivo se deben sumar a los básicos de cada convenio, y cuando éste no existiera, se deben adicionar al Salario Mínimo Vital y Móvil. Como asciende a cuatrocientos cincuenta pesos, hoy el mínimo estaría compuesto por ese importe, más los cincuenta pesos del Decreto 1.347/ 2003 más los cien pesos anunciados ayer en la conferencia de prensa, lo que totaliza un mínimo de seiscientos pesos.

• Previsión

Si la empresa hubiere resguardado su salario voluntario con una cláusula de absorción amplia que contemplara cualquier ajuste del Poder Ejecutivo, inclusive si éste fuera remuneratorio o no remuneratorio, los cien pesos podrán ser compensados sin ninguna dificultad. Es más, se podrían compensar tanto las retribuciones fijas como las variables, y hasta los beneficios sociales no remunerativos que así lo prevean. En rigor, quien haya otorgado aumentos voluntarios o las empresas o entidades empresarias que hayan pactado ajustes en los básicos no deberían ser castigados con otro ajuste superpuesto. Muchos de los aumentos que se pactaron en estos últimos meses previeron la posibilidad de que el Poder Ejecutivo estableciera un aumento, y para ello fijaron una cláusula de absorción expresa.

Otro interrogante interesante está dado por la posibilidad de que esta suma no remunerativa se pague en tickets alimentarios del Decreto 815/2000, que no tiene la contribución de 14% (sólo para trabajadores con salarios inferiores a $ 1.500) y, de hecho, ya cuenta con un dictamen de la autoridad de aplicación que lo considera viable, a cuyos fines será necesaria la conformidad del trabajador. En términos generales, este ajuste estaba prenunciado por distintas versiones provenientes del Poder Ejecutivo, y le caben las mismas críticas que ya se volcaron sobre aumentos similares. Entre ellas, que un aumento uniforme aplicable a todos los trabajadores genera distorsiones, ya que se les impone a quienes tienen capacidad de pago y a quienes no la tienen. A su vez, no beneficia a más de 50% de la población laboral que está en negro, para la que estas reglas no son imperativas. Además, la mayor carga recae sobre las pequeñas empresas que representan hoy el noventa por ciento (90%) del empleo total del país.

Por último, al otorgarse en forma no remunerativa, se convierte en una fuente de conflictos y complejas negociaciones cuando se lo transforma en remunerativo por su traslación a los convenios colectivos, y por el fuerte incremento del costo que dicha transformación implica al momento de ejecutarse.

Es de esperarse que las sumas dispuestas por el Poder Ejecutivo, al transformarse en remunerativas, no se incorporen más en forma automática a los convenios colectivos, y que dicha incorporación lo sea a través de la negociación entre los actores sociales. El 2005 será un año clave en la normalización del mercado laboral y, seguramente, estará signado por el reclamo salarial y la puja por una mejor distribución del ingreso, potenciada por las necesidades que impone la reactivación del mercado interno.

(*) Especialista en temas laborales.

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