La Cámara de Diputados aprobó hoy una reforma al Código Penal para incorporar la tipificación del delito de desaparición forzada de personas.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La reforma consiste en la incorporación del artículo 142 al Código Penal para imponer "reclusión perpetua o prisión perpetua e inhabilitación absoluta al agente del Estado, persona o grupo de personas que de cualquier forma privara ilegítimamente de la libertad de una o más personas".
Y agregó al artículo que esa pena "le será aplicada a aquellos que obstaculicen o impidan el ejercicio de los recursos legales o de las garantías procesales pertinentes, en especial los tendientes a determinar su destino o paradero".
También se realizó una modificación para incorporar en el artículo 41 la reducción de las escalas penales a un tercio del máximo y en la mitad del mínimo respecto de los partícipes o encubridores que "proporcionen información que permita conocer el lugar donde la víctima se encuentra privada de la libertad, o la identidad de otros partícipes o encubridores del hecho".
Dejá tu comentario