En la lista de prioridades del oficialismo continúa pendiente el tratamiento del Súper RIGI, un programa de beneficios a emprendimientos multimillonarios que aún no se pudo destrabar en el Senado, por pedidos de modificaciones de los bloques allegados que exigen que la industria nacional pueda ser contemplada en alguna etapa del proceso. En paralelo, y con apoyo multisectorial, un proyecto aliado avanzó para captar inversiones de compañías que no podían ingresar a los otros regímenes. Este miércoles, también consiguieron dictamen la reforma de la Carta Orgánica del BCRA y la propuesta de Inocencia Fiscal II.
El Senado avanza con un nuevo régimen para las inversiones, esta vez con impulso radical
Se trata del Régimen de Incentivo para las Inversiones Relevantes (RIIR), que busca captar a un grupo de firmas que no pueden aplicar a otros programas. También tuvo dictamen Inocencia Fiscal II.
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El correntino Eduardo Vischi, autor del proyecto del RIIR.
Bajo el nombre Régimen de Incentivo para las Inversiones Relevantes (RIIR), se dictaminó la propuesta que busca captar inversiones superiores a los u$s12 millones a partir de la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y de la devolución anticipada de créditos fiscales de IVA generados por la actividad. A su vez, establece que los emprendimientos deben estar destinados a la fabricación o importación de "bienes muebles nuevos" -excepto automóviles-, o la realización de obras afectadas directamente al desarrollo de actividades productivas en territorio nacional.
La expectativa es que el RIIR capte inversiones de las actividades más dinámicas de generación de empleo intensivo y que pueda concentrarse en las economías regionales, dado que las posibilidades en muchas provincias no pueden ser encuadradas por los regímenes ya aprobados (RIMI, RIGI) ni por el Súper RIGI, aún en debate en el Senado luego de conseguir 130 votos en Diputados. Precisamente, si una firma adhirió a otro programa será excluído de este proyecto.
"Buscamos propiciar inversiones de empresas medianas", señaló el correntino Eduardo Vischi, presidente del bloque de la UCR en el Senado y autor del proyecto, que apuntó pretende "industrializar materias primas, promover el desarrollo en las provincias y el empleo local". La iniciativa quedó lista para votarse en sesión y se trata de una excepcionalidad en la postura parlamentaria libertaria, que evitaba que avancen leyes que no sean de su autoría. A esta redacción se le suma el marco regulatorio del mercado de carbono presentado por la salteña Flavia Royón, lo que podría representar un escenario a una nueva actitud del oficialismo en el Congreso.
En el Senado se especula con una sesión la semana que viene que podría incluir este proyecto, la reforma que pretende establecer como prioridad la política monetaria dentro de la Carta Orgánica del BCRA y un nuevo régimen de simplificación de declaración jurada y de blanqueo patrimonial que lleva el nombre de Inocencia Fiscal II. A este sólo pueden adherir las personas humanas residentes fiscales en el país, sin topes para todos los contribuyentes, con un concepto más flexible de "discrepancia significativa" y con la imposibilidad de que se inscriba funcionarios públicos.
La diferencia entre el RIGI, el RIMI y el RIIR
Aunque el propio Vischi reconoció que el panorama deseable sería una unificación de criterios de estímulo bajo un mismo programa que contemple distintos grados de inversiones, y mientras se proyecta empalmar el RIIR con la reforma de la ley de biocombustibles aún en debate, algunas caracacterísticas de los regímenes que avanzaron en el Congreso son:
RIGI, aprobado en la ley Bases
- Vence en julio del 2027 y abarca áreas consideradas estratégicas como energía, minería, petróleo y gas, infraestructura, tecnología, forestoindustria, turismo y siderurgia.
- Inversión mínima de u$s200 millones.
- Estabilidad fiscal normativa por 30 años desde la adhesión.
- Libre disponibilidad de divisas, de forma progresiva hasta llegar al 100%.
- Exime de derechos de exportación a partir del tercer año para el régimen general (y antes para proyectos especiales).
- Reducción de alícuota del Impuesto a las Ganancias al 25%.
- Amortización acelerada de bienes e infraestructura.
- Tratamiento de quebrantos sin límite temporal.
RIMI, aprobado en la ley de "Modernización laboral"
- Está dirigido a microempresas (desde u$s150.000); pequeñas empresas (desde u$s600.000); medianas empresas tramo 1 (desde u$s3.500.000) y 2 (desde u$s9.000.000); algunas entidades sin fines de lucro.
- El régimen contempla inversiones productivas vinculadas a: maquinaria; bienes amortizables; infraestructura productiva; sistemas de riego; equipamiento de eficiencia energética; mallas antigranizo; bienes semovientes.
- Amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias;
- Devolución anticipada de créditos fiscales de IVA;
- Beneficios para inversiones en eficiencia energética y sistemas de riego.
RIIR, dictamen de comisiones
- Inversión mínima de u$s12.000 millones.
- Devolución de créditos fiscales en IVA y amortización acelerada en Ganancias.
- No se podrán adherir las inversiones en activos financieros, de portfolio y bienes de cambio.
- Exclusión si se adhieren a otros regimenes.
Súper RIGI, con media sanción en Diputados
- Inversión mínima de u$s1.000 millones. Incentivo a la inversión y desarrollo, dado que cada dólar destinado a ese sector se computará doble para el compromiso de inversión.
- Está diseñado para “nuevas actividades económicas”: “Todo proyecto industrial, tecnológico o de prestaciones de servicios vinculadas a infraestructura tecnológica y digital estratégica”.
- Plazo de adhesión de cinco años desde la sanción de la ley y estabilidad de 30 años con arbitraje internacional.
- Reducción de alícuota del Impuesto a las Ganancias al 15%.
- Prohibición a los distritos que adhieran de establecer gravámenes locales. Tope máximo del 0,5% para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en las provincias adheridas.
- Quebranto sin límite temporal.
- Alícuota reducida del 3,5% sobre dividendos y utilidades.
- Exención de derechos de importación y exportación para bienes que se involucren con el plan de inversión.
- Reducida contribución patronal al 10%.
- Inversión en proveedores locales de al menos del 20% del total del proyecto.
RIIR: proyecto completo
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