11 de junio 2020 - 21:01

Qué cambios propone la ley de Alquileres que aprobó el Senado

La norma establece la extensión de los contratos de dos a tres años y la actualización anual de los precios, entre otros puntos.

Los precios de los alquileres en Buenos Aires subieron casi diez puntos por encima del índice inflacionario medido por la ciudad.

Los precios de los alquileres en Buenos Aires subieron casi diez puntos por encima del índice inflacionario medido por la ciudad.

Imagen: Parlamentario

El proyecto de ley de Alquileres fue aprobado esta noche por 41 votos a favor del Frente de Todos y sin la presencia de la oposición, que se retiró del recinto tras convertir en ley el proyecto de Educación a distancia disconfomes con tratar temas que no se ajustaran a la agenda de la pandemia.

Cuáles con los principales puntos de la nueva norma

  • El proyecto sobre alquileres establece la extensión de los contratos de dos a tres años y la actualización anual de los precios, en lugar de ser de forma semestral como ocurre actualmente.
  • El aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).
  • Propone que "los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)", un punto importante porque evitará la firma de contratos "en negro".
  • La AFIP deberá definir el plazo y la forma de esta declaración, pero se trata de un punto central porque obligaría a los propietarios a "blanquear" el ingreso que perciben por el alquiler, algo que generó contrapuntos en anteriores ocasiones sobre el tema.
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  • Además, al existir un registro legal de alquileres se acelerarán las posibilidades de desalojo de los "okupas", quienes suelen demorar el trámite judicial presentando supuestos contratos de alquiler -que luego resultan apócrifos- para argumentar que fueron estafados en su "buena fe".
  • El proyecto también amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.
  • Por otra parte, se establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario, quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio (salario del encargado, limpieza y otros conceptos).
  • Además, se reduce el depósito de garantía a un monto equivalente a un mes de alquiler para tratar de evitar que se cobren dos meses o a veces más.
Ley de alquileres.pdf

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