27 de enero 2026 - 09:10

Arancel cero: qué cambia para el mercado de motos y cuatriciclos eléctricos en la Argentina

Un nuevo decreto del Gobierno precisó el alcance del régimen de importación sin aranceles y dejó afuera a estos vehículos eléctricos. La medida redefine el esquema de incentivos y su impacto en el sector.

Las motos eléctricas de menor porte quedan excluidas de las importaciones con arancel cero

Las motos eléctricas de menor porte quedan excluidas de las importaciones con arancel cero

La reciente reglamentación del régimen de importación sin aranceles para vehículos eléctricos volvió a poner bajo análisis el futuro de las motos y cuatriciclos eléctricos en la Argentina. A través del Decreto 44/2026, el Gobierno nacional aclaró qué tipos de unidades quedan alcanzadas por el beneficio y confirmó que los vehículos eléctricos de menor porte no podrán acceder al cupo anual de 50.000 unidades con arancel cero.

La decisión ordena el esquema vigente, pero al mismo tiempo genera un nuevo escenario para el mercado de las dos y cuatro ruedas livianas, un segmento que venía creciendo en expectativa a partir del avance de la movilidad eléctrica.

El impacto en el mercado de motos y cuatriciclos

Con la nueva normativa, el incentivo fiscal queda concentrado exclusivamente en los autos eléctricos, mientras que las motos, triciclos y cuatriciclos eléctricos encuadrados dentro de las categorías L deberán continuar tributando los aranceles habituales de importación.

En términos prácticos, esto limita una baja de precios inmediata para estos vehículos y reduce su competitividad frente a los autos eléctricos que sí acceden al beneficio, así como frente a los modelos a combustión que dominan el mercado. Desde el sector interpretan que la medida apunta a ordenar el régimen de incentivos y a preservar la producción local, aunque reconocen que también puede ralentizar la expansión de la electrificación liviana, especialmente en el uso urbano.

Qué pasará con los cupos no utilizados

El decreto introduce además una modificación clave en la administración del régimen. Si el cupo anual de 50.000 vehículos con arancel cero no se completa en un período determinado, las unidades no utilizadas podrán trasladarse y sumarse al cupo del año siguiente.

Motos Movilidad Urbana
Si el cupo anual de 50.000 vehículos con arancel cero no se completa en un período determinado, las unidades no utilizadas podrán trasladarse y sumarse al cupo del año siguiente.

Si el cupo anual de 50.000 vehículos con arancel cero no se completa en un período determinado, las unidades no utilizadas podrán trasladarse y sumarse al cupo del año siguiente.

Esta herramienta aporta mayor previsibilidad para las automotrices e importadores de autos eléctricos e híbridos, ya que evita la pérdida de cupos y permite planificar estrategias comerciales a mediano plazo. No obstante, este beneficio tampoco alcanza a motos ni cuatriciclos, que quedaron expresamente excluidos del esquema.

Qué vehículos eléctricos quedaron fuera del beneficio

Según detalla la reglamentación, el arancel cero no se aplicará a los vehículos electrificados incluidos en las siguientes categorías:

  • L1 a L5: ciclomotores, motocicletas, scooters, triciclos para pasajeros y de carga.

  • L6 y L7: cuatriciclos livianos y pesados, con o sin cabina, incluidos los denominados microautos urbanos.

Con esta definición, el Ejecutivo dejó en claro que el régimen de importación sin aranceles continuará enfocado en autos electrificados de mayor porte, mientras que los vehículos eléctricos livianos deberán seguir un camino regulatorio distinto.

El nuevo marco normativo redefine el mapa de la movilidad eléctrica en el país: mientras los autos eléctricos ganan protagonismo con incentivos fiscales y mayor previsibilidad, el desarrollo de motos y cuatriciclos eléctricos quedará atado a otros factores, como escala, costos y políticas específicas para el segmento.

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