Fondos fidunciarios: Economía delega tareas a la Secretaría Legal y Administrativa

Se faculta a la secretaría para emitir la intervención u opinión previa, a las transferencias e instrucciones que se realicen a los fidunciarios. Sin embargo, las intervenciones u opiniones de la Secretaría de Hacienda deberán tener "carácter vinculante".

Ministerio de Economía puerta
Ignacio Petunchi

Según expresa el documento, por razones de "eficacia y celeridad en la toma de decisiones" se delegó a la Secretaría Legal y Administrativa el dictado de instrucciones al fiduciario, cualquier otra acción de carácter operativo y el ejercicio de las facultades de dirección en representación del Ministerio de Economía. Tal es así que se faculta a la secretaría para emitir la intervención u opinión previa, a las transferencias e instrucciones que se realicen a los fidunciarios. Sin embargo, las intervenciones u opiniones de la Secretaría de Hacienda deberán tener "carácter vinculante".

Nuevas tareas para la Secretaría Legal y Administrativa: en qué cosas deberá pedir autorización a Economía

  • Para la modificación de cuotas de compromiso y devengando
  • Incrementos de crédito presupuestario.
  • Las instrucciones de la Secretaría Legal y Administrativa, dirigidas a los respectivos agentes fiduciarios sobre desembolsos a realizar con las disponibilidades de recursos existentes, deberán contar con la intervención previa de la Secretaría de Hacienda.
  • En el caso de los fondos fiduciarios previo a la emisión de órdenes de pago con cargo al crédito presupuestario disponible, o al dictado de cualquier instrucción al fiduciario que implique afectar disponibilidades de recursos obrantes en los fondos fiduciarios respectivos, deberá obrar la opinión previa de la Secretaría de Hacienda.}
  • Las secretarías deberán remitir a Hacienda dentro de los próximos 30 días hábiles administrativos, la programación económica y financiera necesaria para coordinar y adecuar el desenvolvimiento de las accciones priorizadas en la norma de creación de los fondos fidunciarios y quedará "sujeta a los objetivos de sustentabilidad fiscal"que disponga la Secretaría de Hacienda.

Sin necesidad de Economía, la Secretaría tendrá facultad de aprobar y suscribir los modelos de adenda de los contratos de fideicomiso, a los fines de receptar las adecuaciones contractuales que resulten necesarias.

anexo_7103208_1.pdf
anexo_7103208_2.pdf

Qué son los fondos fidunciarios

Son fondos a través de los cuales el Estado nacional le otorga a una entidad ciertos recursos con el objetivo de que los administre en favor suyo o de un tercero. No pueden utilizarse para fines diferentes a los creados y cuentan con flexibilidad en su administración.

Los fondos fiduciarios tienen en todos los casos una asignación específica y los recursos no pueden destinarse a otros gastos presupuestarios.

Los presupuestos afectan directamente a los gobernadores provinciales y, según datos de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, representan cerca del 2% del Producto Bruto Interno (PBI) del país.

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