El Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, licitará hoy, el BONAR 2029N: un título público en dólares bajo legislación argentina, con un cupón del 6,5% y vencimiento el 30 de noviembre de 2029. La operación busca captar fondos para refinanciar parte de los u$s1.200 millones en vencimientos principales de los bonos AL29 y AL30 el 9 de enero de 2026 (parte de un total de u$s4.200 millones en maturities de enero), remanentes del canje de Martín Guzmán en 2020. El dato a tener en cuenta es que esta es la primera colocación soberana en moneda extranjera desde julio de 2018.
Riesgo Pari Passu: Luis Caputo vuelve al mercado pero en Wall Street miden si la oferta vulnera la cláusula
Aunque el nuevo bono en dólares no está bajo ley de Nueva York, Wall Street piensa que se trata de un bono emitido por el mismo deudor soberano. La respuesta de Economía.
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En el Ministerio de Economía sostienen que no se vulnera ninguna cláusula.
A simple vista, la movida parece todo un logro desde lo técnico y político para el Gobierno: el Tesoro ofrece un rendimiento implícito estimado entre el 10,5% y el 11% efectivo anual, por debajo de los niveles de los bonos globales bajo ley de Nueva York (alrededor del 11-12%). El Ejecutivo celebra esta “compresión de tasas” como evidencia de la recuperación de credibilidad y del superávit fiscal. Sin embargo, según pudo saber Ámbito, los analistas en Nueva York evalúan si podría generar un riesgo legal por una posible interpretación de violación a la cláusula pari passu en los bonos globales.
Griesa y los holdouts
El núcleo del problema radica en lo siguiente. Los bonos globales (GD29, GD30, GD35, GD38, GD41 y GD46) se emitieron bajo ley de Nueva York en septiembre de 2020, con rendimientos de salida que rondaban el 15-16% efectivo anual. Para alcanzar la aceptación del 93,5% de los acreedores, el gobierno de Alberto Fernández incorporó cláusulas de protección "reforzadas", incluida la pari passu, cuya interpretación amplia por el juez Thomas Griesa en el caso NML Capital vs. República Argentina (2012-2016) permitió a los holdouts bloquear pagos y forzar un acuerdo por u$s9.300 millones.
En esencia, esta cláusula impide que la Argentina emita o pague deuda externa otorgando un tratamiento más favorable a un grupo de acreedores sin extenderlo a los demás. En opinión de algunos brokers de Wall Street, aunque el BONAR 2029N no está bajo ley de Nueva York, se trata de un bono en dólares emitido por el mismo deudor soberano. Al permitir que los tenedores de AL29 (cupón 0,125%) y AL30 (cupón 1%) canjeen sus títulos por un nuevo instrumento con 6,5% nominal —y un rendimiento efectivo superior—, el Tesoro podría mejorar las condiciones de bonistas locales sin equivalentes para los poseedores de globales, lo que teóricamente podría activar reclamos. "La Argentina podría comprarse un problema en los estrados de Nueva York por la activación de la cláusula Pari Passu, ya que con su oferta estaría mejorando sustancialmente el yield de nonos de jurisdicción vernácula del canje de Guzmán, dejando inermes a los tenedores de los bonos Globales. Les pagará a los tenedores de estos últimos, pero no le otorga posibilidad de mejora de la tasa", sostuvo una fuente.
Según pudo saber Ámbito, fondos de inversión como PIMCO y Fidelity analizan por estas horas los precedentes históricos. Entienden que la lógica es similar a la de 2014-2015, cuando Argentina pagaba locales y excluía los que tenían legislación de Nueva York. Sostienen que la jurisprudencia del Segundo Circuito es inequívoca, al respecto.
Precedentes que generan preocupación teórica
El antecedente más directo data de 2014-2016, cuando el gobierno de Cristina Fernández pagaba puntualmente los Discount y Par locales mientras mantenía el default con los de ley Nueva York. Griesa emitió una "injunction" que bloqueó pagos, llevando al default selectivo de julio de 2014 y al acuerdo posterior de Mauricio Macri por u$s9.300 millones.
Más recientemente, en 2021-2022, amenazas similares no prosperaron por yields altos y discurso de “deuda insostenible”. Hoy, con riesgo país moviéndose en la zona de los 600 puntos básicos y superávit fiscal, el riesgo parece ser percibido en forma creciente.
Por su lado, fuentes del Palacio de Hacienda argumentan, en off the record, que la operación no infringe la pari passu porque el BONAR 2029N no califica como deuda externa según los "indentures" de los globales (ley argentina, mercado local). Por otro lado, se trata de refinanciamiento de vencimientos existentes, no emisión nueva voluntaria, a la vez que no hay subordinación formal ya que los bonos globales siguen cobrando según lo pactado.





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