El gobierno sigue cargando contra las administradoras de medios de pago y las entidades financieras: ayer la secretaría de Defensa de la Competencia y el Consumidor emitió un comunicado en el que se advierte que «están prohibidos todos los cargos que -cualquiera sea su denominación-impliquen explícita o implícitamente la aplicación de intereses de financiación desde el momento de la compra o presentación del cupón hasta el vencimiento del pago»
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La movida del organismo que capitanea Gustavo Stafforini se produce, según el comunicado, por las «numerosas consultas y reclamos presentados por los consumidores». El mismo acusa a los emisores de tarjetas de crédito de utilizar cargos denominados como «Reserva de fondos»,«Costo de financiamiento» o «Comisión por diferimiento de pago» para imputar, para el período que transcurre entre el momento de la compra o presentación del cupón y el vencimiento de pago, costos que implicarían la aplicación de una tasa de interés por ese mismo período de tiempo. «Esta práctica está expresamente prohibida por la ley de Tarjetas de Crédito y la reglamentación complementaria del Banco Central de la República Argentina», dice el comunicado.
El comunicado agrega que durante 2002 se realizaron requerimientos de información y documentación a «18 entidades bancarias de primera línea». Como consecuencia de esos procedimientos se detectaron «presuntas infracciones» a esa ley. En el mismo período se recibieron 897 reclamos de consumidores ante los Tribunales Arbitrales de Consumo relacionados con Bancos y Tarjetas de Crédito, de los cuales 519 (58%) se originaron en lo que el organismo califica de «cargos indebidos».
El comunicado de la dependencia del Ministerio de la Producción, que encabeza Aníbal Fernández, se suma a otro emitido durante el fin de semana pasado por el Banco Central de la República Argentina, en términos similares. La autoridad monetaria, en su comunicación A-35610, indicaba que «las normas actuales prohíben con carácter general el cobro de comisiones u otros cargos adicionales a los intereses, en las operaciones de crédito respecto de los importes efectivamente desembolsados».
No deja de llamar la atención, sin embargo, la ofensiva que se lleva a cabo contra las entidades emisoras; es que, si bien es cierto que no está permitido aplicar cargos adicionales a los intereses que corren entre la fecha del cierre del resumen mensual y el día del pago efectivo, también es verdad que 897 reclamos a lo largo de todo un año no parecen demasiados, ni serían muchos como para justificar tamaña ofensiva por parte de un ministerio y de la autoridad monetaria.
En este sentido, dos bancos privados consultados por este diario en relación a ambos comunicados coincidieron en que «esos cargos sólo son aplicados por entidades con carteras de crédito que podríamos calificar de marginales. Los bancos que tienen la mayor parte de las tarjetas en circulación han mantenido una relación impecable con sus clientes».
Lo llamativo es que esas entidades son las mismas que han duplicado en 2002 las ventas con tarjeta de débito, lo que para la administración pública implica un importante salto cualitativo en lo que hace al combate de la evasión.
Es que, es casi innecesario recordarlo, cada operación que se paga con tarjeta (de crédito o débito) es una venta imposible de «negrear», lo que de algún modo había aceitado las relaciones gobiernobancos.
Dejá tu comentario