6 de noviembre 2023 - 08:15

Créditos ANSES: oficializan ampliación de las líneas y aclaran condiciones clave para cobrarlo

A través del Boletín Oficial, ANSES amplió las líneas de créditos para beneficiarios del SIPA, PUAM y PNC.

La tasa subsidiada es del 29% para jubilados y pensionados. 

La tasa subsidiada es del 29% para jubilados y pensionados. 

Según indicó la Resolución 212/2023 de Boletín Oficial, se aprobó el aumento de los montos máximos de créditos otorgados en el marco del programa "CRÉDITOS ANSES" para las líneas destinadas a los beneficiarios y beneficiarias del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a $600.000 (desde los anteriores $400.000), y para los créditos correspondientes a Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) a $250.000 (desde los $150.000).

Por otro lado se aclara que “los montos estimados a afrontar para el financiamiento del programa son acordes al flujo de fondos y a las capacidades de administración de liquidez del FGS(Fondo de Garantía de Sustentabilidad)”.

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Los trabajadores interesados en solicitar los nuevos créditos de hasta $400.000 podrán hacerlo en las oficinas de la ANSES sin turno.

Los trabajadores interesados en solicitar los nuevos créditos de hasta $400.000 podrán hacerlo en las oficinas de la ANSES sin turno.

Créditos ANSES: las condiciones para cobrarlo

  • La tasa subsidiada es del 29% para jubilados y pensionados que pidan un crédito de hasta $600.000.
  • Los créditos otorgados se efectivizarán por transferencia bancaria en la cuenta donde los titulares perciban las prestaciones liquidadadas de ANSES.
  • Amortización: la amortización del crédito se efectivizará mediante el pago de cuotas mnesuales y consecutivas que se debitarán en forma directa. Las cuotas incluyen pago de capital, intereses y gastos operativos
  • Límites de afectación del haber: el haber previsional solo podrá ser afectado hasta un 30% para beneficiarios del SIPA y de un 20% para beneficiarios de PNC, PUAM, AUH y SUAF.
  • Seguro de vida: ANSES contratará un seguro de vida colectivo sobre el saldo deudor del préstamo. El solicitante deberá asumir el pago de las primas de la póliza de seguro.
  • Refinanciación: ANSES podrá otorgar refinanciaciones sobre saldos adeudados, que serán deducidos de las prestaciones presentes o futuras que perciba el titular, siempre que la liquidación o pago de la prestación estén bajo ANSES.
  • Cancelación anticipada: el crédito podrá ser cancelado anticipadamente a partir de su acreditación en la cuenta bancaria del titular.
  • Irrevocabilidad de la Solicitud de Préstamo. La solicitud del préstamo no puede ser revocada una vez que fue presentada ante la ANSES para su aceptación.
  • Mora: la mora se producirá en forma automática por el solo vencimiento de los plazos sin necesidad de intimación o requerimiento judicial o extrajudicial ni comunicación previa alguna. Sobre cualquier deuda vencida e impaga del crédito, la ANSES podrá cobrar intereses moratorios, adicionales a los intereses compensatorios, a una tasa equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de los compensatorios.
  • Cesión de titularidad del Beneficio: los tomadores de créditos no podrán ceder la titularidad o el cobro de la prestación hasta la cancelación del crédito.
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