El Ministerio de Seguridad Nacional aprobó un nuevo protocolo para la detección temprana de situaciones de trata de personas en el ámbito aeroportuario y dejó sin efecto el esquema que regía desde 2018. La medida fue oficializada este lunes mediante la Resolución 468/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca reforzar los mecanismos de prevención, detección e investigación frente a la evolución de las organizaciones dedicadas a este delito.
El Gobierno aprobó un nuevo protocolo para detectar casos de trata de personas en aeropuertos
La medida reemplaza la normativa vigente desde 2018 y establece nuevas pautas de actuación obligatorias para la Policía de Seguridad Aeroportuaria, con el objetivo de fortalecer la prevención y la investigación de un delito que el Ejecutivo considera cada vez más complejo.
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Nuevo protocolo contra la trata de personas: qué cambia en los aeropuertos.
La normativa establece que el nuevo procedimiento será de cumplimiento obligatorio para todo el personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y dispone la designación de oficiales referentes especializados en cada unidad de la fuerza. Además, instruye al director nacional de la PSA para garantizar esas designaciones, mientras que la Dirección Nacional de Investigaciones de Delitos de Trata y Contra la Integridad Sexual tendrá a su cargo el seguimiento, la actualización y la difusión del protocolo.
Endurecen los controles en aeropuertos con un nuevo protocolo contra la trata de personas
Desde el Gobierno señalaron que la actualización responde a la necesidad de adaptar las herramientas de actuación ante "las nuevas modalidades" de un delito que, según organismos internacionales, presenta estructuras cada vez más complejas y con alcance tanto nacional como internacional. En ese marco, también se resolvió otorgar carácter reservado a los anexos operativos y a la nómina de oficiales designados, con el argumento de preservar las investigaciones y evitar filtraciones que puedan comprometer la seguridad pública.
El protocolo fija principios de actuación como la urgencia, la confidencialidad, la protección integral de las víctimas y la evaluación permanente del riesgo. Asimismo, establece que los agentes deberán evitar cualquier forma de revictimización y resguardar la identidad de las personas afectadas durante toda la intervención.
En los casos que involucren a menores de edad, la resolución dispone que las actuaciones deberán ajustarse al interés superior del niño, en línea con la legislación nacional y los tratados internacionales vigentes. También remarca que el bienestar y la seguridad de las víctimas deberán prevalecer durante todo el procedimiento.
La norma recuerda que la trata de personas comprende la captación, traslado, recepción o acogida de personas con fines de explotación, tanto dentro del país como hacia el exterior. Entre las modalidades de explotación menciona la esclavitud, el trabajo forzoso, la explotación sexual, la producción de material de abuso sexual infantil, el matrimonio forzado y la extracción ilegal de órganos.
El texto oficial también advierte que las organizaciones criminales suelen aprovechar situaciones de vulnerabilidad, como la precariedad económica, la migración, la discapacidad o el aislamiento social, y señala que las mujeres, niñas, niños y adolescentes continúan entre los grupos más expuestos, especialmente a través de falsas ofertas laborales, vínculos de confianza o captaciones realizadas mediante redes sociales y plataformas digitales.




