El Gobierno incorporó el debate por el Régimen Penal Juvenil al temario de las sesiones extraordinarias del Congreso y reactivó una discusión de alto impacto político y social, centrada en una diferencia clave: bajar la edad de imputabilidad y crear un sistema de responsabilidad penal juvenil para adolescentes.
Cuál es la diferencia entre baja de edad de imputabilidad y responsabilidad penal juvenil: ¿son lo mismo?
El Gobierno amplió las sesiones extraordinarias para discutir la edad de imputabilidad y la creación de un sistema de justicia penal juvenil, dos conceptos distintos que serán el eje de una reforma sensible prevista para 2026.
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Oficializaron la inclusión del debate de la ley Penal Juvenil en las sesiones extraordinarias
El Gobierno incorporó el debate sobre el Régimen Penal Juvenil al temario de las sesiones extraordinarias.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto 53/2026, firmado por el presidente Javier Milei, que habilita el tratamiento del tema a partir del 2 de febrero de 2026. La ampliación del temario se definió tras una reunión de la mesa política del oficialismo en la Casa Rosada, donde el Gobierno ajustó la estrategia legislativa y el conteo de votos de cara al inicio de las extraordinarias.
Más allá del impacto político, el decreto puso en el centro una distinción técnica que suele quedar diluida en el debate público, pero que resulta determinante para el alcance de la reforma que el Ejecutivo pretende impulsar.
Cuál es la diferencia entre la baja de la edad de imputabilidad y la responsabilidad penal juvenil
La edad de imputabilidad se refiere exclusivamente al límite cronológico que determina si una persona puede ser sometida a un proceso penal. Actualmente, la Ley 22.278 establece que los menores de 16 años son no punibles, lo que impide que el Estado les aplique penas de prisión. La iniciativa que impulsa el oficialismo propone reducir ese umbral a los 13 años, lo que permitiría que niños y adolescentes de esa edad respondan penalmente ante la Justicia por determinados delitos.
En cambio, la responsabilidad penal juvenil no define quién puede ser castigado, sino cómo debe ser juzgado un adolescente una vez superado el límite de edad. Se trata de un sistema específico de normas, instituciones y procedimientos distintos al régimen penal de adultos, que debe priorizar la resocialización y el interés superior del niño, tal como lo establecen los tratados internacionales de derechos humanos.
Mientras la baja de la edad de imputabilidad responde a la pregunta de a partir de qué edad el Estado puede castigar, la responsabilidad penal juvenil busca definir qué tipo de justicia se aplica a esos menores. Este último enfoque exige jueces especializados en niñez, defensas técnicas adecuadas y centros de detención diferenciados que eviten el contacto con criminales adultos.
El eje de la reforma penal juvenil que se discutirá en 2026
La propuesta que comenzará a debatirse en el Congreso apunta a articular ambos conceptos para que cualquier modificación en la edad de punibilidad esté acompañada por un marco procesal específico. El objetivo declarado del Gobierno es que el descenso en el umbral etario no funcione de manera aislada, sino dentro de un sistema que garantice derechos, reinserción social y el cumplimiento de las garantías constitucionales de los adolescentes.





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