Senado: imponen una mujer por cada candidato varón
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Fernando de la Rúa firmará hoy el decreto reglamentario de la ley de cupo femenino, cuya presentación se hará mañana -Día de los Inocentes-en la Casa Rosada. La norma, ampliatoria del firmado por Carlos Menem en 1991, tiende a asegurar al sexo femenino el cumplimiento estricto de lo establecido en la Ley 24.012, de cupos. En una lista de candidatos a senadores nacionales por cada varón deberá incluirse una mujer.
Precisiones
El decreto que firmará hoy De la Rúa tendrá algunas precisiones: por ejemplo, que el piso de 30 por ciento de mujeres «con posibilidades de ser electas» debe observarse en la lista de candidatos a diputados nacionales hasta el número 35, que es el máximo que se renueva -en la provincia de Buenos Aires-, en las próximas elecciones de 2001. En cuanto a las listas de dos candidatos -como son las de senadores; cuerpo que renueva a la totalidad de sus miembros (72)-, se indicará expresamente que deberán ser de distinto sexo, es decir, un varón y una mujer. Y que los reemplazos de cada uno de ellos deberán observar la misma identidad de género. Como para evitar triquiñuelas como la de incluir una mujer que después renuncie a la banca, abriendo paso a un suplente varón, burlando el espíritu de la ley.
Ya existían antecedentes en juzgados federales con competencia electoral como el de Salta, donde el juez Abel Cornejo hizo lugar a un reclamo presentado por mujeres salteñas, estableciendo ese 50 por ciento para los nominados en listas de senadores. Un temperamento similar al observado en Santa Cruz ante un reclamo hecho en la provincia patagónica. La jueza María Servini de Cubría, entre las primeras en 1991 en exigir a los partidos en la Capital Federal para que cumplieran la ley de cupos, tiene a despacho un pronunciamiento que terminaría avalando lo que el decreto que anunciará mañana oficialmente el gobierno establecerá para el futuro.




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