28 de octubre 2026 - 13:00

Ley Brisa, AUH y Tarjeta Alimentar de ANSES: ¿Se pueden cobrar juntas?

Las familias alcanzadas por la reparación económica pueden acceder a otras prestaciones sociales si reúnen las condiciones exigidas en cada programa.

La Ley Brisa contempla una reparación económica para determinados niños, adolescentes y jóvenes.

La Ley Brisa contempla una reparación económica para determinados niños, adolescentes y jóvenes.

ANSES

El beneficio tiene reglas propias de edad, documentación y actualización. A su vez, otras ayudas administradas por ANSES y Capital Humano mantienen requisitos diferentes que deben revisarse antes de calcular cuánto puede cobrar una familia.

Algunas prestaciones sociales pueden combinarse cuando se cumplen los requisitos de cada programa.

Algunas prestaciones sociales pueden combinarse cuando se cumplen los requisitos de cada programa.

Cuál es la compatibilidad entre las prestaciones de ANSES y la reparación económica

La reparación económica de la Ley Brisa es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH). La Ley 27.452 establece que el Régimen de Reparación Económica para Niñas, Niños y Adolescentes (RENNYA) puede cobrarse junto con la AUH, las asignaciones familiares, pensiones y otras prestaciones destinadas al beneficiario.

La Tarjeta Alimentar también puede sumarse cuando la familia reúne sus requisitos. Actualmente alcanza a titulares de AUH con hijos de hasta 17 años inclusive y a quienes reciben la asignación por hijo con discapacidad, sin límite de edad. De esta manera, una persona alcanzada por la Ley Brisa puede recibir al mismo tiempo:

  • reparación económica RENNYA

  • AUH

  • Tarjeta Alimentar

Siempre que cumpla con las condiciones específicas de cada prestación. La Ley Brisa, por su parte, se paga hasta los 21 años, pero en personas con discapacidad no existe límite de edad mientras se mantengan las condiciones correspondientes.

El monto mensual depende de los beneficios que reciba cada grupo familiar.

El monto mensual depende de los beneficios que reciba cada grupo familiar.

De cuánto es el monto total acumulado este mes

En octubre de 2026, la reparación económica de la Ley Brisa equivale a un haber jubilatorio mínimo, es decir $435.748,51. La AUH, asciende a $156.588 por hijo. En los casos en los que corresponde la retención del 20%, el pago mensual directo queda en $125.270,40. La Tarjeta Alimentar mantiene estos valores:

  • un hijo: $72.250

  • dos hijos: $113.299

  • tres o más hijos: $149.425

Para una familia con un hijo que reúna las condiciones de las tres prestaciones, la cuenta mensual queda así:

  • Ley Brisa: $435.748,51

  • AUH cobrada mensualmente: $125.270,40

  • Tarjeta Alimentar: $72.250

  • total: $633.268,91

El monto puede variar según la cantidad de hijos y la situación particular del grupo familiar. Además, los niños de hasta 3 años alcanzados por AUH pueden acceder al Complemento Leche del Plan de los Mil Días si cumplen los requisitos correspondientes.

Para solicitar la reparación es necesario presentar documentación que acredite el vínculo y la situación correspondiente.

Para solicitar la reparación es necesario presentar documentación que acredite el vínculo y la situación correspondiente.

Requisitos y documentación necesaria para solicitar la Ley Brisa

La reparación está destinada a niñas, niños, adolescentes y jóvenes de hasta 21 años, o personas con discapacidad sin límite de edad, cuando el fallecimiento del progenitor o progenitor afín se produjo en un contexto contemplado por la Ley 27.452.

El hecho debe haber ocurrido en territorio argentino y para iniciar la solicitud se requiere, entre otra documentación:

  • DNI de la persona titular

  • partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo

  • certificado o partida de defunción de la víctima

  • documentación judicial correspondiente a la causa

  • CUD vigente, cuando corresponda

  • documentación del representante legal si el titular es menor de 18 años

  • constancias de guarda, tutela, adopción o curatela, cuando correspondan

  • las personas extranjeras residentes también deben acreditar al menos dos años de residencia continua en el país

El trámite es gratuito y para hacerlo hay que reunir la documentación, solicitar un turno en ANSES, descargar los formularios correspondientes y presentarse en la oficina elegida. La documentación y los formularios deben presentarse por cada hijo o hijastro para el que se solicite la reparación.

Cuando el beneficiario es menor de 18 años, la gestión debe realizarla su representante legal. A partir de la mayoría de edad, el titular puede efectuar el trámite por sí mismo.

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