Italia: la Justicia rechazó el casamiento gay
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Durante la audiencia pública celebrada el pasado 23 de marzo, los abogados de las parejas homosexuales, que recurrieron a la Justicia después de que sus ayuntamientos les denegaran la posibilidad de casarse, exigieron al Tribunal una "decisión valiente", para poner fin a una "discriminación injustificada".
"No estamos ante un solo modelo de familia, sino ante varios: el matrimonio entre las parejas gais es uno de los más moralistas que existe. Es mezquino decir que un nuevo tipo de matrimonio afectaría al viejo", afirmó entonces el letrado Massimo Clara.
Asociaciones de homosexuales que secundaron la causa, que convocaron incluso una manifestación en Roma el pasado marzo, apelaban al hecho de que en la Constitución italiana no se precisa, según ellos, que el matrimonio tiene que ser entre hombre y mujer.
En el apartado de "Principios Fundamentales", en el artículo 3, la Constitución italiana reconoce la igualdad ante la ley y la dignidad social de todos los ciudadanos, sin distinción por razón de sexo, raza, religión, lengua, opiniones políticas, condiciones personales y sociales.
Ya en el Título II del texto, en el artículo 29, la República italiana "reconoce los derechos de la familia como sociedad natural fundada en el matrimonio".
"El matrimonio se ordena en base a la igualdad moral y jurídica de los cónyuges, con los límites establecidos por la ley en garantía de la unidad familiar", prosigue la Carta Magna.




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