16 de mayo 2003 - 00:00

Los autores de TV miran con recelo el futuro "copyright"

Escena de Yago
Escena de "Yago"
Aunque la leyenda «copyright» aparezca en productos audiovisuales y electrónicos locales, la ley argentina aún no la contempla. A diferencia de EE.UU., en nuestro país el «copyright» intelectual es mera fórmula y un proyecto recelado por los autores, que vaticinan que en un futuro no muy lejano deberán combatirla cuando canales y productoras logren incorporar el proyecto de copyright en el debate legislativo.

En materia de derechos de autor en Argentina, la única ley que rige la actividad es la de propiedad intelectual (11.723). Los derechos de autor están contemplados en cualquier versión televisiva que se emita en un país que pertenezca a la CISAC (Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores, organismo internacional que reúne a este tipo de sociedades). En esta confederación se incluyen todos los países europeos que se rigen por la Convención de Berna (España, Italia, Francia, Suiza), en tanto son débiles en el resto de Latinoamérica, excepto México.

En Estados Unidos, en cambio, rige el copyright, que presume que los autores de la obra audiovisual han cedido al productor, en forma ilimitada y por toda su duración, el derecho exclusivo de explotación sobre la obra audiovisual, así como el consentimiento para decidir acerca de la divulgación.
En ese país, el guionista cede sus derechos pero, claro, cobra millones de dólares; el sindicato recibe un porcentaje y a cambio la Motion Pictures se convierte en dueña de los derechos patrimoniales (no morales) que los autores ceden.

Daniel Delbene,
autor de «Franco Buenaventura» y «Yago», entre otras novelas, dijo a este diario: «Participé unos tres años en el congreso de la CISAC, y los colegas norteamericanos, los únicos participantes de dicho congreso que trabajan bajo el regimen de copyright, nos dijeron que a la larga vamos a tener que enfrentarnos con esto, que es algo que no vamos a poder detener. Yo no creo que sea así porque aquí el derecho de autor está resguardado por principios jurídicos sólidos. La ley francesa, por ejemplo, dice que la autoría de una obra no puede ser de personas jurídicas. Se ajusta a la realidad porque una empresa no puede ser «autora», no son autores de una obra un directorio y todo un staff de empleados, esto es obvio». El autor tiene, por el solo hecho de crear una pieza, un derecho de orden moral y otro patrimonial. El primero es inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible. El segundo se relaciona con la capacidad de comercialización de la obra, que puede cederse. Los canales y productoras se inclinan, en su mayoría, por la ley de co pyright, similar a la de Estados Unidos y que Venezuela adoptó con modificaciones.

Enrique Torres (autor de «Antonella» y «Nano», entre otras) reside y trabaja actualmente en Estados Unidos y explicó a este diario las diferencias de trabajar bajo sendos regímenes: «En Argentina para poder cobrar mis derechos tuve que sufrir mucho. Por supuesto tuve que poner abogados, y así y todo, no cobré todo lo que me correspondía. Tuve que llegar a un arreglo por una cifra determinada, mucho menor a lo que era mío, pero fue la única manera de poder cobrar algo. Con respecto a la telenovela que hice en Estados Unidos, como hay copyright, cedí los derechos. Pero me pagaron todo lo pactado. Nadie me mintió. Nadie se quedó con lo mío. En Argentina no cobré lo que me correspondía, de ahí que prefiera un sistema donde no se me mienta. En nuestro país muchos pretenden que el autor ceda sus derechos, pero no le pagan por lo que significa esa cesión».

En la Argentina, la remuneración por derecho de autor varía según el medio: la televisión abierta y la radio pagan aranceles fijos a Argentores. El cable abona un porcentaje de su recaudación; el teatro paga en general 10% de la taquilla y el cine abona media platea por cada día de función de las películas cuyos autores son argentinos.

Los autores reconocidos ceden los derechos a los canales pero estipulan cláusulas en caso de que sus programas sean vendidos al exterior, para poder recaudar por emisión en el extanjero. Argentores busca actualmente que los países de Europa del Este, mercado fuerte en la importación de telenovelas argentinas, pague derechos de autor sobre las obras televisivas argentinas que se emiten. En Rusia, República Checa, ex Yugoslavia, etc., países en proceso de reacomodamiento, Argentores aguarda a que se ordenen para luego iniciar el proceso de monitoreo, como en Israel.

Jorge Maestro,
autor de «Son amores», dijo a este diario: «He recibido muchas ofertas para vender los guiones, en cuyo caso el dinero quedaría para mí, quitando la comisión de quien lo venda.Así ocurrió con Abel Santa Cruz o Alberto Migré con muchas de sus obras en Televisa. Pero estos son acuerdos personales que se consiguen más por la trayectoria del autor que por las obras. Una pieza de García Márquez, no vale lo mismo que la de un Don Nadie, es decir, el autor es necesario y en la medida que sea el autor quien otorgue el éxito, será respetado y negociará mejor que otro».

Del lado de los productores, Alejandro Carboni, de Globalmedia Productions, sostuvo que lo autoral es un elemento más en el éxito de una ficción, vital desde luego, pero que se complementa con otros: «Una ficción funciona por varios factores: la idea, los libros, el casting, la realización y su explotación comercial. Si se transforma en un éxito, todos los participantes serán mas valiosos a futuro, pero sólo los componentes clave, como los autores, crecerán exponencialmente. Sin embargo, lo que define un éxito televisivo son tres variables: la cantidad de audiencia, su nivel de ingresos, y cuán probado esté cada programa para seducir al público objetivo. Lo que queda claro es que, con o sin copyright, el talento capaz de generar éxitos globales será buscado y retribuido a nivel global porque, ante todo, éste es un negocio que tiene como objetivo primordial capturar la atención de la audiencia».

Los canales (no las productoras) suelen quedarse con las latas, sin límite de territorio ni cantidad de repeticiones, con lo que solapadamente tienen el copyright de los programas «grabados» no así de los libros. Las emisoras no conservan derecho alguno sobre los libros pero sí sobre la comercialización de la lata o de cualquier soporte novedoso en donde aparezca el programa (CD, DVDs, circulación por Internet, etc).

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