9 de agosto 2024 - 08:30

AFIP: el nuevo beneficio para los dueños de departamentos que se alquilan

La AFIP lanzó un beneficio que permite a los monotributistas que alquilan inmuebles quedar eximidos de varios impuestos. Conocé los detalles.

Los nuevos beneficios fiscales permiten a los propietarios de hasta dos unidades en alquiler evitar impuestos si cumplen con las condiciones establecidas.

Los nuevos beneficios fiscales permiten a los propietarios de hasta dos unidades en alquiler evitar impuestos si cumplen con las condiciones establecidas.

Ignacio Petunchi

En los últimos días, se anunció un nuevo beneficio fiscal para los propietarios de departamentos en alquiler en Argentina. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó una medida que permitió a algunos monotributistas, que solo facturan alquileres, quedar eximidos del pago de ciertos impuestos. Esta disposición, que debió entrar en vigor a fines de 2023, fue recientemente reglamentada por el Poder Ejecutivo, aunque aún falta que la AFIP habilite el servicio en su sitio web.

Este beneficio se centró en los monotributistas cuya única actividad fuera el alquiler de hasta dos unidades habitacionales bajo condiciones específicas. Estos contribuyentes pudieron quedar eximidos del impuesto. Según Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, "la ley 27737 eximió a los monotributistas que exclusivamente realizaron esta actividad, que tuvieron hasta dos unidades y cuyos contratos estuvieran debidamente registrados ante la AFIP". Además, se eliminaron las cargas de obra social y seguridad social, permitiendo a los propietarios adherirse al monotributo sin costos adicionales.

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Aumentos. El precio en departamentos de dos ambientes es de $280.000 y en los de tres ambientes, $380.000.
Aumentos. El precio en departamentos de dos ambientes es de $280.000 y en los de tres ambientes, $380.000.

AFIP: los monotributistas que facturan alquileres no pagarán impuestos

La AFIP determinó que los propietarios de hasta dos unidades en alquiler, siempre que su actividad fuera exclusiva y los contratos estuvieran registrados, no tendrían que abonar impuestos como Ganancias, IVA o Ingresos Brutos. En particular, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), si el ingreso bruto mensual por cada unidad no superaba los $500.100, no se aplicaría ningún impuesto adicional. Sin embargo, si el alquiler excedía esa cifra, se debían pagar Ingresos Brutos.

Además, existió la posibilidad de exención de Bienes Personales si el monto superaba los $100 millones, gracias al Régimen Especial de pagos del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Este régimen ofreció incentivos para blanquear capitales y realizar inversiones en inmuebles, lo que podría llevar a una exención total de impuestos para el propietario.

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